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Alta de autónomo: cómo hacerlo en 3 sencillos pasos

Verónica escribió este artículo
Alta de autónomo: cómo hacerlo en 3 sencillos pasos
Lectura: 5 min.

Darse de alta como autónomo puede parecer muy complicado, pero no lo es tanto si tienes claros los pasos a seguir. En este artículo te lo resumimos todo en 3 sencillos pasos.


Cuando decides hacerte autónomo, lo ves todo muy complicado y te asaltan muchas dudas:

  • ¿Cómo me hago autónomo?
  • ¿Qué trámites debo realizar?
  • ¿Cuándo podré comenzar mi actividad?

Y un largo etcétera de preguntas sin respuesta.

Así que si quieres ser autónomo y no sabes por dónde empezar, te contamos cómo hacerlo en 3 sencillos pasos.

1º. Alta en la Seguridad Social

Para darte de alta en la Seguridad Social tienes que rellenar el modelo TA.0521, durante los 60 días (naturales) anteriores al alta en Hacienda. Aunque es recomendable que se realicen ambos trámites el mismo día para evitar problemas con los plazos.

Puedes cumplimentar y presentar este modelo directamente desde una Delegación de la Seguridad Social, pero si decides presentarlo telemáticamente te recomiendo que lo rellenes con las Instrucciones de cumplimentación que facilita la propia Seguridad Social, para evitar errores.

2º. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

En este punto la ley de 2003, contempla dos opciones en función de tu facturación anual:

  • Si facturas más de 1.000.000€/año

Si eres una empresa o autónomo que factura más de 1.000.000€/año, tendrás que presentar los modelos 840 y 848 antes de poder hacer el alta en el Censo de Hacienda.

  • Si facturas menos de 1.000.000€/año

Si eres una empresa o autónomo que factura menos de 1.000.000€/año estás exento del pago del IAE y no es necesario tramitar los modelos anteriores para darse de alta. Bastaría con darse de alta en el Censo de Hacienda a través de los modelos 036 o 037.

Con la presentación del alta censal en Hacienda (siguiente punto) quedarás automáticamente dado de alta también en el Impuesto de Actividades Económicas.

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3º. Alta en el Censo de Hacienda (AEAT)

Si quieres desarrollar tus actividades en territorio español debes comunicar a la AEAT tu alta inicial en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

En este censo además tienes que comunicar cualquier modificación relevante a efectos tributarios y si se diera el caso, la comunicación del cese de tu actividad. Esperemos que esto no ocurra ;)

Estas comunicaciones deben realizarse con los modelos 036 o 037 (declaración censal simplificada). Puedes optar por la cumplimentación de la declaración censal simplificada (que es la forma más sencilla de darte de alta en Hacienda), siempre y cuando cumplas los siguientes requisitos:

  • Seas una persona física, residente en España y no actúes por medio de representante.

  • Tengas asignado un NIF (Número de Identificación Fiscal) y tu domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa.

  • No estés incluido en los regímenes especiales del IVA, a excepción del régimen simplificado, régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca o régimen especial del recargo de equivalencia.

  • No tengas la condición de Gran Empresa.

  • No figures inscrito en el registro de operadores intracomunitarios o en el de devolución mensual del IVA, ni realices ninguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

  • No seas sujeto pasivo de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros, ni satisfagas rendimientos de capital mobiliario, ni realices ventas a distancia.

  • En el resto de los casos, será necesario cumplimentar el modelo 036, que aunque te pide un poco más de información, es muy similar al 037.

Darte de Alta como autónomo resulta más sencillo de lo que parece.

Otras consideraciones

Además de los trámites básicos debes tener en cuenta que:

  • Si tienes un local para el desarrollo de tus actividades, deberás gestionar la Licencia de Apertura y comunicar la apertura de tu centro de trabajo.

  • Si deseas realizar obras, reformas, construcciones o cambiar el uso de un edificio o local deberás pedir la correspondiente Licencia de Obras. Para pequeñas reformas (pintar, cambiar el alicatado y el solado…) no es necesario solicitar una licencia de obras, pero si te animas a realizar cualquier modificación en tu local, pregunta primero en tu Ayuntamiento si la necesitas o no, para no llevarnos un susto después.

  • Si quieres tener personal contratado, también deberás inscribirte en el Sistema de la Seguridad Social a través del modelo TA6. Te facilitarán un código de cuenta de cotización y con ello ya podrás afiliar a todos los empleados que contrates.

¡Por último! te aconsejo que solicites un certificado o firma electrónica con la que puedas cumplimentar y presentar telemáticamente todos los formularios y modelos que necesites, así evitarás tener que comprar los formularios (que ¡ojo! no son gratis) y las largas esperas :)

NOTA: Es relativamente común cometer algunos errores en el proceso de alta como autónomo que puedes evitar leyendo nuestra guía: Cómo evitar errores en el proceso de alta como autónomo.

Y hasta aquí los pasos que debes seguir para darte de alta como autónomo. Cuando ya estés en el club, asegúrate de tener el control de tu negocio desde el primer momento.


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¡Ah! Y si quieres saber cuál será tu base de cotización, tu cuota, las prestaciones a las que podrías tener derecho o si te corresponde alguna bonificación, incluso antes de darte de alta como autónomo, ¡prueba la calculadora de autónomos de Abaq! 😊

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Sobre Verónica


Gracias a ella, más del 98% de nuestros clientes nos recomendaría a sus amigos. Muy fan de los batidos de chocolate.

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