
Autónomos y pymes: preparados para VeriFactu, listos… ¡ya!
Estamos en la recta final. La nueva normativa de facturación electrónica VeriFactu está a punto de llegar. Será a partir …

El pasado 25 de agosto la Comisión de Empleo del Senado aprobó la Ley por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social (Ley 31/2015, de 9 de septiembre), publicada en el BOE con fecha 10 de septiembre.
Resumo brevemente las novedades en 9 ideas clave:
Para los 6 primeros meses en el Régimen Especial de Autónomos la cuantía de la cuota por contingencias comunes se queda fijada en 50€, que podrá verse ampliada hasta 12 meses para personas que presenten discapacidad, que sean víctimas de violencia de género, o víctimas del terrorismo.
Los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la Tarifa Plana para autónomos en su cuota de la Seguridad Social.
Se amplía la posibilidad de cobrar el paro durante 270 días (9 meses) a todos los autónomos y no solo a los menores de 30 como se permitía hasta ahora.
Los desempleados que estén beneficiándose de la prestación por desempleo y decidan comenzar una actividad por cuenta propia podrán solicitar la reanudación de la misma hasta 5 años después de haber iniciado su actividad (antes eran solo 2 años).
Se eliminan las limitaciones a la capitalización total del paro destinada a la inversión y los gastos iniciales para emprender una actividad por cuenta propia.
Se prevé ampliar a 24 meses (antes 18) la bonificación por afiliación a la Seguridad Social de familiares colaboradores. Será del 50% los primeros 18 primeros meses y del 25% durante los seis meses adicionales.
La nueva Ley introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes, aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador en determinadas circunstancias relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral.
Se incluye una nueva bonificación en las cuotas empresariales para los trabajadores de empresas ordinarias que provengan de Empresas de Inserción.
La bonificación se amplía a 1.650€ durante el primer año (antes 600 o 500 euros en caso de contratos temporales.
La nueva Ley considera como entidades prestadoras de servicios de interés económico general a los Centros Especiales de Empleo y a las Empresas de Inserción lo que les dará la posibilidad de ampliar hasta 500.000€ la cuantía de ayudas/ subvenciones que puedan recibir (en 3 años).
También introducirá como novedad este texto la opción de participación de las empresas de inserción en los procedimientos de adjudicación de contratos con reserva de participación en el sector público (reserva de mercado), algo que hasta ahora se limitaba a los Centros Especiales de Empleo.
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