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Despido procedente

El despido procedente es todo aquel despido que se ajusta a la legalidad. A continuación repasaremos los tipos de despido procedentes y también los casos en los que un despido se considera nulo o improcedente.

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Tipos de despido procedente

En líneas generales, se pueden clasificar en:

Despido disciplinario: es aquel que implica una conducta inadecuada del empleado en su puesto de trabajo, que perjudique a la empresa de manera clara y directa. Está regulado en el art. 54 y 55 del Estatuto de los Trabajadores.

Por ejemplo, son causas de despido disciplinario las faltas de asistencia o impuntualidad repetidas, la indisciplina o desobediencia en el trabajo, ofensas repetidas, verbales o físicas, al empresario o a otros empleados…

Despidos colectivos: en este caso, no solo se pone fin a la relación laboral con un empleado, sino con varios. Estos despidos suelen llevarse a cabo a través de los llamados ERE’s (Expedientes de Regulación de Empleo de Extinción). Está regulado en el art. 51 del Estatuto de los Trabajadores.

Se convertirá en un despido colectivo cuando la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un periodo de noventa días, afecte al menos a:

  • 10 trabajadores, en las empresas que ocupen menos de 100 trabajadores.
  • El 10% del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
  • 30 trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.

Despido objetivo: Es un tipo de despido en el que sus causas son regulados por ley. Está regulado en el art. 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores.

Por ejemplo, son algunas causas de despido objetivo la ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa, por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que lleguen a unos límites marcados en la normativa…

Tipos de despido

Además del despido procedente que ya hemos comentado, existen otros 2 tipos de despido contemplados en el Estatuto de los trabajadores:

  • El despido improcedente: es cuando se ejecuta el despido sin motivos justificados en la ley, ya sean por defectos en el procedimiento de despido o en las propias causas que lo justifican.
  • El despido nulo: hace referencia a un despido no válido, que no se puede realizar porque se han violado derechos y libertades del trabajador (despidos por discriminación…).

Espero que esta información te sea muy útil ;)