El Modelo 303 es la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Es el modelo más importante y frecuente para autónomos y empresas, ya que permite liquidar el IVA repercutido en las ventas y el IVA soportado en las compras.

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Modelo 303

¿Quién debe presentar el modelo 303?

Están obligados a presentar el Modelo 303:

  • Autónomos que realicen actividades sujetas a IVA
  • Empresas (sociedades, comunidades de bienes, etc.)
  • Profesionales que facturen con IVA
  • Cualquier persona o entidad inscrita en el régimen general de IVA

Tanto si el resultado es a pagar como a devolver, o incluso si es cero, es obligatorio presentar el modelo.

Excepciones: ¿Quién NO presenta el modelo 303?

No deben presentar el Modelo 303:

  • Profesionales acogidos al régimen de recargo de equivalencia
  • Actividades exentas de IVA (educación, sanidad, servicios financieros, etc.)
  • Operaciones no sujetas a IVA

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

El Modelo 303 se presenta trimestralmente, en los siguientes plazos:

  • Primer trimestre (enero - marzo): Del 1 al 20 de abril
  • Segundo trimestre (abril - junio): Del 1 al 20 de julio
  • Tercer trimestre (julio - septiembre): Del 1 al 20 de octubre
  • Cuarto trimestre (octubre - diciembre): Del 1 al 30 de enero del año siguiente

Si el día 20 (o 30 en el cuarto trimestre) cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se traslada al siguiente día hábil.

Declaración mensual del IVA

Algunas empresas están obligadas a presentar el Modelo 303 mensualmente en lugar de trimestralmente:

  • Empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros anuales
  • Empresas inscritas en el Registro de devolución mensual de IVA (REDEME)
  • Empresas en régimen de grupo de entidades

Para las declaraciones mensuales, el plazo es hasta el día 20 (o 30 en diciembre) del mes siguiente al que corresponde la declaración.

Cómo generar el modelo 303 con FacturaDirecta

Con FacturaDirecta generar el Modelo 303 de IVA trimestral es muy fácil. Estos son los pasos:

  1. Date de alta en FacturaDirecta gratis. Sin tarjeta, sin permanencia, sin compromiso.
  2. Añade tus facturas de venta y compra al programa. Es muy sencillo.
  3. Genera el modelo 303 de IVA trimestral en un clic.
  4. Súbelo a la web de la AEAT y listos.

El programa calcula automáticamente el IVA repercutido, el IVA soportado, y el resultado (a ingresar o a devolver).

¿Cómo funciona el modelo 303?

El Modelo 303 realiza el siguiente cálculo:

IVA a ingresar = IVA repercutido - IVA soportado deducible

Conceptos clave:

  • IVA repercutido: IVA que cobras a tus clientes en tus facturas de venta
  • IVA soportado: IVA que pagas a tus proveedores en tus facturas de compra
  • IVA deducible: Parte del IVA soportado que puedes deducir (no todos los gastos son deducibles)

Resultado:

  • Si el IVA repercutido es mayor que el soportado → A ingresar (pagas a Hacienda)
  • Si el IVA soportado es mayor que el repercutido → A compensar (compensas en próximos trimestres o solicitas devolución)

Ejemplo práctico del modelo 303

Trimestre: Primer trimestre (enero - marzo)

Ventas (IVA repercutido):

  • Facturas emitidas: 10.000€ (base imponible)
  • IVA repercutido (21%): 2.100€

Compras (IVA soportado):

  • Facturas recibidas: 3.000€ (base imponible)
  • IVA soportado (21%): 630€

Cálculo:

  • IVA repercutido: 2.100€
  • IVA soportado: -630€
  • Resultado a ingresar: 1.470€

Este importe de 1.470€ es lo que debes pagar a Hacienda mediante domiciliación bancaria o en el banco.

Información que incluye el modelo 303

El Modelo 303 incluye múltiples casillas con información detallada:

  • IVA devengado (operaciones realizadas): Ventas al 21%, 10%, 4%, y operaciones intracomunitarias
  • IVA deducible (operaciones soportadas): Compras al 21%, 10%, 4%, importaciones, etc.
  • Resultado del período: IVA a ingresar o a compensar
  • Compensaciones de trimestres anteriores
  • Resultado de la declaración: Cantidad final a ingresar o a devolver

Modelo 390: Resumen anual

Al finalizar el año, además de presentar el Modelo 303 del cuarto trimestre, también debes presentar el Modelo 390, que es el resumen anual del IVA. Este modelo consolida toda la información de los cuatro trimestres y debe ser coherente con los Modelos 303 presentados.

Plazo de presentación del Modelo 390: Del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Regímenes especiales de IVA

Existen varios regímenes especiales que pueden afectar a la presentación del Modelo 303:

  • Régimen simplificado: Basado en módulos, con cálculos predeterminados
  • Régimen de recargo de equivalencia: Para comerciantes minoristas (no presentan el 303)
  • Régimen de agricultura, ganadería y pesca: Con compensaciones especiales
  • Régimen de criterio de caja: IVA se devenga al cobrar, no al emitir factura
  • Régimen de agencias de viaje: Con reglas especiales de margen

Cada régimen tiene sus particularidades en cuanto a la presentación y cálculo del Modelo 303.

Sanciones por no presentar el modelo 303

No presentar el Modelo 303 o presentarlo fuera de plazo puede conllevar sanciones económicas:

  • Multa fija de 200€ por no presentar o presentar fuera de plazo (modelo sin resultado)
  • Multa proporcional del 1% al 2% de las bases no declaradas (con un mínimo de 300€)
  • Recargos por presentación fuera de plazo:
    • 5% si se presenta dentro del mes siguiente al vencimiento (sin requerimiento)
    • 10% si se presenta después del mes siguiente (sin requerimiento)
    • 15% si se presenta después de requerimiento
    • 20% + intereses si se presenta tras inicio de inspección

Declaración complementaria

Si detectas errores u omisiones en un Modelo 303 ya presentado, puedes presentar una declaración complementaria. Esta declaración sustituye a la anterior y debe incluir todos los datos correctos.

Importante: Debes marcar la casilla de “Declaración complementaria” y referenciar el número del justificante de la declaración anterior.

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  • Modelo 111 - Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF
  • Modelo 115 - Retenciones por alquileres de inmuebles
  • Autónomo - Todo sobre el trabajo por cuenta propia

Allí encontrarás toda la información sobre estos modelos y conceptos fiscales.


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