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Facturae para las administraciones públicas

Lectura: 4 min.

Desde el pasado 15 de enero de 2015, todos los proveedores que emitan facturas a las administraciones públicas por un valor superior a los 5.000€, deberán hacerlo con una facturae firmada digitalmente.

El 27 de diciembre de 2013 se aprobó la ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Esta normativa fomenta la emisión de facturas en formato Facturae, y es de uso obligatorio desde el pasado 15 de enero de 2015.

En esta guía respondemos todas tus preguntas sobre la facturación electrónica a las administraciones públicas: quién está obligado, en qué formato, cómo emitir una facturae firmada digitalmente,…… vamos allá.

¿Quién está obligado a emitir facturas electrónicas?

Están obligados a emitir facturas en formato facturae:

  • Todas las administraciones públicas.
  • Las empresas que emitan facturas a las administraciones públicas por un **importe superior a los 5.Deberán hacerlo obligatoriamente usando **facturas electrónicas firmadas digitalmente. **

¿En qué formato deben enviarse las facturas?

Deberán utilizar el formato estructurado Facturae (XML). Un formato que  Incluye:

  • Campos para identificar la oficina contable, el órgano gestor y la unidad tramitadora, con sus respectivos códigos identificativos.

  • La firma digital basada en un certificado digital.

¿Dónde debo enviar las facturas?

Los proveedores de la Administración deben enviar las facturas electrónicas al punto de entrada de facturae que cada Administración Pública ha habilitado para facilitar su recepción.

Posteriormente, la administración remitirá las facturae al registro contable de facturas del departamento correspondiente para proceder a su tramitación.

¿En qué afecta esta normativa a las administraciones?

Los nuevos cambios obligan a las administraciones públicas a disponer de un registro contable de facturas en el que se registran las distintas fases por las que pasa una factura. El objetivo es triple:

  • Lograr un conocimiento más inmediato de la realidad económica en las administraciones.
  • Facilitar el seguimiento de la factura a los proveedores.
  • Reducir la morosidad.

La Ley Orgánica 9/2013 además, establece un plazo máximo de 60 días para el pago de las facturas a los proveedores, como norma general. También establece que en ningún caso se pueden superar los 60 días fijados por la normativa europea. Lo que sin duda suena más que bien.

La facturación electrónica a las administraciones públicas es sólo el primer paso de un cambio progresivo que debe culminar con la digitalización de todo el sistema de facturación.

¿Cómo puedo emitir una facturae?

Con FacturaDirecta es muy sencillo, sigue estos pasos:

  1. Configura tu cuenta para poder emitir facturae desde tu cuenta debes accede a la configuración. Puedes usar un certificado propio o usar el certificado que ponemos a tu disposición (firma delegada).
  2. Genera tu factura cómo lo haces habitualmente y descárgala en formato facturae en un solo clic. El archivo (original y firmado digitalmente) quedará almacenado electrónicamente en tu cuenta de FacturaDirecta.
  3. Sube tu facturae al punto de entrada de facturas: la administración pertinente debe indicarte donde tienes que subir tu facturae.

¿Qué ventajas tiene la factura electrónica?

La mayoría de las administraciones públicas del mundo están incorporando progresivamente las facturación electrónica. Estos son los motivos:

  • Incrementa la productividad gracias a la automatización de las gestiones y la disminución de la carga administrativa. Con un buen programa de facturación online puedes emitir y enviar facturas automáticamente o introducir las facturas de tus provedorees de forma automática por ejemplo.
  • Disminuye costes de papel y envío.
  • Facilita el seguimiento de las fases por las que pasa una factura electrónica porque quedan registradas en el registro contable. El proveedor puede ver en todo momento en que fase se encuentran sus facturas.

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