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Criptomonedas, ¿tributan?

Verónica escribió este artículo
Criptomonedas, ¿tributan?
Lectura: 3 min.

Las criptomonedas están en boca de todos. Seguro que ya es oído hablar de ellas en más de una ocasión. Pero… ¿Qué son las criptomonedas? ¿Tributan?


En este artículo te lo cuento todo sobre la tecnología “Blockchain”, las criptomonedas y la fiscalidad de las mismas.

Sigue leyendo…

¿Qué es una criptomoneda?

Las criptomonedas son monedas virtuales. Se utilizan como cualquier otra divisa, pero están fuera del control de los gobiernos e instituciones financieras.

La primera y más conocida criptomoneda es el Bitcoin, pero hay muchas otras como DeepOnion, Ether, Ripple, Litecoin…

¿Qué es “Blockchain”?

“Blockchain” significa “Cadena de bloques” y es la tecnología o el sistema de codificación de la información que está detrás de las monedas virtuales.

Así es como comenzó, pero pronto se vió su potencial para aplicarse a otros campos fuera de las transacciones financieras.

Fiscalidad de las criptomonedas

Actualmente en España no existe ninguna legislación fiscal o tributaria específica que regule las criptomonedas.

Sólo hay ciertas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos que aclaran la tributación de las operaciones, te señalaré algunas de interés.

En este artículo trato de realizar una aproximación a la tributación de las personas físicas por sus transacciones con monedas virtuales, tanto desde el punto de vista de la tributación directa (IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio), como indirecta (IVA).

¿Cómo tributan las criptomonedas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)?

Las operaciones de compraventa de criptomonedas pueden dar lugar a una “ganancia o pérdida patrimonial” de acuerdo con la Ley del IRPF.

La Dirección General de Tributos en la Consulta Cinculante V0999-18 indica que las pérdidas o ganancias producidas por la transmisión de criptomonedas deben imputarse en la base del ahorro del impuesto (art. 46. b) de la Ley del IRPF).

Y la Consulta Vinculante V0808-18 aclara cuándo deben imputarse las variaciones patrimoniales en la venta de monedas virtuales, que es el momento de entrega, con independencia del momento en que se perciba el precio de la venta.

Si la operación la realiza una persona jurídica (una sociedad limitada) las ganancias obtenidas con criptomonedas se declaran en el Impuesto de Sociedades.

¿Cómo tributan las criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP)?

El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio personal de las personas físicas, y se calcula basándose en el valor de todos los bienes del sujeto, por lo que si se poseen criptomonedas y el contribuyente tiene la obligación de presentar este impuesto, deberá incluir el valor de cada criptomoneda al cierre del mercado de ese día.

Así lo indicó la Dirección General de Tributos en la Consulta vinculante V0250-18.

¿Cómo tributan las criptomonedas en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)?

No se aplica el IVA en la transmisión de criptomonedas, pues sólo se aplica el IVA en la compra-venta de bienes o servicios.

En la Consulta Vinculante V2846-15 la Dirección General de Tributos clasifica el bitcoin como una moneda virtual que actúa “como un medio de pago y por sus propias características deben entenderse incluidas dentro del concepto “otros efectos comerciales”.

De acuerdo a esta consulta vinculante, la transmisión de monedas virtuales está sujeta y exenta de IVA (según el art. 20.Uno.18º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido).

Espero que este artículo te haya resultado interesante.

Si tienes alguna pregunta o algo que comentar por favor, ¡deja un comentario!


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