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Modelo 202: pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades

Verónica escribió este artículo
Modelo 202: pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades
Lectura: 4 min.

¿Tienes una empresa? ¿Has obtenido beneficios? Si la respuesta a estas 2 preguntas es sí, tendrás que presentar el modelo 202.


El modelo 202 te permite fraccionar el pago del Impuesto de Sociedades (o el Impuesto de la Renta de los No Residentes) por el que tendrás que ir haciendo pagos parciales a lo largo del año (3 en concreto) para que luego al ver el importe a abonar por tus beneficios, no te de un infarto.

Sigue leyendo que te descubro en unas pocas líneas el maravilloso mundo del modelo 202 😜

¡Vamos allá!

¿Qué es el modelo 202?

El modelo 202 es el modelo que se utiliza para realizar los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (entidades extranjeras con establecimientos permanentes en España y entidades en régimen de atribución de rentas).

El funcionamiento de este modelo es el mismo que el del modelo 130, que utilizan los autónomos para los pagos a cuenta del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

En ambos casos los importes liquidados en los modelos 202 y 130 son pagos a cuenta de otro impuesto, el Impuesto de Sociedades y el Impuesto de la Renta respectivamente, que se descontarán del total a ingresar que resulte de esos impuestos.


Pagos 202


¿Tengo que presentar el modelo 202?

Estás obligado a presentar el modelo 202 si tienes obligación de realizar pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto de la Renta de los No Residentes y en el ejercicio anterior has obtenido beneficios o has tenido un volumen de operaciones superior a los 6.010.121,14€ durante el ejercicio anterior.

¿Cuándo debo presentar el modelo 202?

Los plazos para presentar el modelo 202 son los siguientes:

  • Primer plazo: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo plazo: del 1 al 20 de octubre.
  • Tercer plazo: del 1 al 20 de diciembre.

Es importante tenerlos en cuenta pues no coinciden con los modelos más habituales para empresas o autónomos (como el 303, 130, 111, 115…).


Plazos 202


¿Cómo debo presentar el modelo 202?

La presentación del modelo 202 se realizará exclusivamente por vía telemática. Esto quiere decir que no es posible descargar el formulario, rellenarlo y presentarlo físicamente en una delegación de Hacienda.

La presentación telemática conlleva la necesidad de poder identificarte en el portal de la AEAT para poder realizar la presentación, ya sea usando un certificado digital, con “Cl@ve PIN” o que la presentación la haga un tercero en tu nombre como un gestor o asesor.

¿Cómo puedo hacer el modelo 202?

Puedes hacerlo directamente desde la página de la AEAT o utilizar un programa especializado que realice por ti los cálculos como FacturaDirecta y que te facilite el archivo para que solo tengas que presentarlo.

Tanto si tu plan es hacer el modelo directamente en la web de Hacienda, como si solo quieres presentar el modelo que nosotros te hemos confeccionado tienes que seguir estos pasos:


1º. Entrar en la la página de la Agencia Tributaria y entrar en la página de presentación del modelo 202. En general más o menos (puede cambiar) la dirección sería:

Inicio → Todos los trámites → Impuestos y tasas → Impuesto sobre Sociedades → Modelo 202. IS. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español). Pago Fraccionado.

2º. Selecciona el ejercicio y el periodo de pago (1P, 2P o 3P).

3º. Una vez dentro, si no tienes el modelo, cumplimenta todos los datos y casillas. Si tienes el modelo solo tienes que pulsar sobre “Importar”.

4º. Échale un último vistazo a los datos y pulsa “Firmar y enviar”.


Como recomendación, siempre antes de pulsar “Firmar y enviar”, pulsa sobre “Validar declaración” por si nos hubiéramos olvidado de algún dato o algo no cuadrara del todo, así la propia plataforma de presentación nos avisará 😉

Pues esto es todo por ahora en relación al modelo 202. Si quieres no preocuparte más por este modelo, crea una cuenta en FacturaDirecta, que nosotros nos encargamos de prepararlo para que solo tengas que descargarlo y presentarlo en la AEAT.


Espero que esta información te sea muy útil 😉

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Sobre Verónica


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