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Letra de cambio

La letra de cambio es un documento mercantil mediante el cual una persona física o jurídica (librador) ordena a otra (librado) que pague un monto de dinero a favor de un tercero (tenedor o tomador), en un plazo de tiempo específico (vencimiento).

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Así pues, la letra de cambio consiste en un documento mercantil generado por un sujeto que tienes como objetivo que otro individuo pague una cierto monto de dinero a un tercero en un plazo concreto de tiempo.

Cuando el librado firma la letra de cambio, automáticamente se compromete a pagar el monto correspondiente y adquiere una obligación legal.

Fecha de vencimiento de la letra de cambio

Las letras de cambio tienes siempre una **fecha de vencimiento **correspondiente al día en que la cantidad especificada en la letra de cambio deberá ser pagada. Hay 4 tipos de vencimientos:

  • Las letras giradas a día fijo: vencen un día concreto.
  • Las letras libradas a la vista: vencen en el momento de su presentación al pago.
  • Las letras giradas a un plazo desde la fecha: tienen que saldarse antes de que se cumpla el plazo indicado en la letra de cambio.
  • Las letras libradas a un plazo desde la vista: vence en un determinado plazo de tiempo desde la aceptación por parte del librado.

Participantes de la letra de cambio

Las personas que intervienen en una operación con una letra de cambio son:

  • El librador: es la persona que emite la letra, normalmente el vendedor. Elabora el documento.
  • El librado: es la persona que paga la letra, normalmente el comprador. Acepta la orden de pago mediante la firma del documento. Comprometiéndose de este modo a pagar.
  • El beneficiario o tomador: es la entidad a quien se ha de efectuar el pago, es decir quien cobra en nombre del librador. Es un intermediario financiero que recibe la suma de dinero en el tiempo señalado.

Hay que diferenciar entre letras de cambio a cobrar o a pagar.

Características legales de la letra de cambio

Para que una letra de cambio sea considerada legal debe cumplir una serie de requisitos legales:

  • Importe: debe expresarse en números y palabras. También debe especificarse la moneda con la que se va a realizar el pago (si el pago se hace con una moneda extranjera, es obligado indicar el tipo de cambio del día de pago.
  • Aceptación y firma: ambas partes deben firmar el documento para dejar constancia de que realizan la operación con total libertad.
  • Identificación del librado: identidad completa de la persona física o los datos de la razón social de la empresa que debe pagar. Si hay un error en estos datos, la letra de cambio no es válida.
  • Vencimiento: cuándo terminará el plazo para saldar la deuda que tiene el librado.
  • Fecha y lugar de libramiento: lugar, mes y año en el que se realiza la emisión de la letra de cambio.
  • Número de la cuenta: a la que se debe abonar el monto de la letra.
  • Designación del tomador: datos identificativos del librador de la letra. Es decir, razón social, nombre y dirección.

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Esperamos que esta información te resulte muy útil.