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Autónomo

Un autónomo es la persona física que de forma habitual realiza una actividad económica de forma lucrativa, tomando sus propias decisiones y sin tener un contrato de trabajo con ninguna empresa que le garantice una nómina.

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La responsabilidad del autónomo es ilimitada, respondiendo de las actividades del negocio con todos sus bienes presentes y futuros, de forma que no hay separación entre el patrimonio personal y el de la empresa.

Para poder ser autónomo hay que ser mayor de edad, tener libre disposición de los bienes o ser menor de edad emancipado con un representante legal.

Tipos de autónomos

Existen varios tipos de autónomos que se pueden encontrar en el mercado laboral:

  • Trabajador autónomo: Aquel que gestiona un pequeño negocio o realiza un trabajo propio de forma habitual.

  • Profesional autónomo: Aquel trabajador que trabaja por cuenta propia en una actividad incluida en la sección segunda del listado de epígrafes del IAE.

  • Autónomo económicamente dependiente: Son los profesionales que facturan a un solo cliente el 75% o más de sus ingresos.

  • Autónomo colaborador: Hace referencia al cónyuge o familiar directo del autónomo que trabajan con él habitualmente.

  • Autónomo administrador de sociedades: Todas las empresas tienen que tener un administrador. El administrador de una sociedad, también llamado “Autónomo societario”, deberá cotizar de manera obligatoria en el régimen de autónomos.

Seguridad Social del autónomo

Darse de alta como autónomo también implica pagar cada mes la cuota de autónomos. De igual forma que a los trabajadores se les descuenta una cantidad de su sueldo para el pago de la Seguridad Social, a los autónomos, se les pasa un recibo mensual.

La cantidad que paga cada autónomo a la Seguridad Social puede ser diferente, según diversos factores y varía en función de la base de cotización y de la posibilidad de acogerse a reducciones o bonificaciones, según si se cumplen unos determinados requisitos.

Impuestos del autónomo

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Todos los autónomos, como son personas físicas, sus ingresos tributan por el Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Los autónomos profesionales que no incluyan retenciones en al menos el 70% de sus facturas, deben presentar y liquidar los modelos de pagos fraccionados a cuenta del IRPF.

Los modelos a presentar serían estos:

  • En estimación directa normal o simplificada. Presentando el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF.
  • En estimación objetiva (conocido popularmente como por “módulos”). Presentando el modelo 131 de pago fraccionado del IRPF.

Además tienen otras obligaciones fiscales, como cualquier otro empresario, como sería la liquidación del IVA.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se aplica a la compraventa determinados de bienes y servicios.

Hay determinados servicios, sin embargo, que están exentos de IVA, como es el caso de los educativos, los sanitarios, derechos de autor…

Un autónomo puede formar parte de diferentes regímenes de IVA. Existe el régimen general y luego otros tipos de regímenes especiales, entre ellos, los más importantes son:

  • Simplificado.
  • Recargo de equivalencia para comerciantes minoristas.
  • Agricultura, ganadería y pesca.
  • Criterio de caja.
  • Agencias de viaje. (…).

Como autónomo has de declarar los siguientes modelos de IVA:

  • Modelo 303, donde se declara el IVA por trimestre de las compras y ventas
  • Modelo 390, que se presenta una vez al año, y hace de resumen anual del IVA
  • Modelo 349 trimestral y anual (opcional). Este modelo sólo hay que presentarlo para operaciones con otros países de la UE.
  • Modelo 347 anual de operaciones con terceras personas.

Esperamos que esta información te resulte muy útil.