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IGIC

El Impuesto General Indirecto Canario o más conocido como IGIC es un tributo estatal de naturaleza indirecta que grava, las entregas de bienes y prestaciones de servicios, así como las importaciones de bienes efectuadas por empresarios y profesionales residentes en las Islas Canarias.

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Es el impuesto equivalente al Impuesto del Valor Añadido (IVA) aplicable en la península.

Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación del IGIC se limita a las Islas Canarias.

Tipos de gravamen de IGIC

En el IGIC se establece diferentes tipos de gravamen:

  • Tipo cero: 0%.
  • Reducido: 3%.
  • General: 7%.
  • Incrementados: 9,5% y 13,5%.
  • Especiales: 20%-35%.

La aplicación del tipo cero permite la deducción del impuesto soportado por el sujeto pasivo en sus adquisiciones de bienes y servicios.

Tipo de regímenes

Régimen General: Se aplica a los empresarios y profesionales que no realicen exclusivamente operaciones exentas en el interior de Canarias.

Regímenes Especiales: Se aplican según sea la condición del contribuyente o la actividad económica que realiza:

  • A personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas que realicen determinadas actividades: régimen especial simplificado.
  • A ciertos agricultores y ganaderos: régimen especial de la agricultura y ganadería.
  • A organizadores de circuitos turísticos: régimen especial de agencias de viajes.
  • A los comerciantes minoristas importadores: régimen especial de comerciantes minoristas.
  • A determinados comerciantes mayoristas: regímenes especiales de bienes usados y de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
  • A los fabricantes y comerciantes mayoristas de oro purísimo que sirve de base a operaciones financieras (oro de inversión).

Espero que esta información te sea útil :)