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Modelo 180

El modelo 180 es un modelo informativo anual que recopila la información presentada en el modelo 115 de forma trimestral.

Nota: recuerda que en el modelo 115, ya declaras las retenciones que realizadas por el pago de alquileres de inmuebles. El modelo 180 es meramente informativo, pero obligatorio.

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¿Debo presentar el modelo 180?

Debes presentar el modelo 180 si pagas el alquiler de oficinas o locales y tus proveedores te han aplicado retenciones en las facturas del alquiler.

Las retenciones deben informarse en el modelo 115 trimestral. El modelo 180 es sólo un resumen anual.

Excepciones para la presentación del modelo 180:

  • En el caso de que hayas alquilado una vivienda para uno de tus trabajadores.
  • En el caso de alquiler con derecho de compra (leasing).
  • Si el alquiler de la oficina o local no supera los 900€/año.
  • Cuando la persona o empresa que te ha alquilado el local u oficina, está en alguno de los epígrafes del grupo 861.

Aunque presentes el modelo 180, que es un resumen anual, tienes que haber presentado los correspondientes modelos 115 cada trimestre.

Modelo 180

¿Cuándo tengo que presentar el modelo 180?

Debes presentar el modelo 180 de forma telemática y tienes plazo hasta el 31 de enero.

Como siempre, si el último día de plazo coincide con un sábado, domingo o festivo, el plazo se amplía hasta el siguiente día hábil.

Última actualización: 06.06.2017

Esperamos que esta información te resulte muy útil.